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Residencia Permanente Bajo Sección 245(i)

Seccion 245(i) contiene provisiones importantes para solicitantes de la residencia permanente. En corto, sección 245(i) perdona el hecho de que alguien entro a los Estados Unidos sin permiso. Tambien, sección 245(i) perdona el hecho de que alguien ha trabajado en los Estados Unidos sin autorización. Al momento que soliciten la residencia permanente, el solicitante tendrá que pagar una multa de $1,000 encima de los gastos por la aplicación.

El beneficio bajo la sección 245(i) se extiende a solicitantes quienes tienen una petición con un fecha de prioridad antes del 30 de abril del 2001. La fecha de prioridad es aproximadamente la fecha cuando la petición fue sometida. Por ejemplo, supongamos que un ciudadano estadounidense, Jose Martinez, pide a su hermano, Antonio Martinez, el 15 de marzo del 2001. La fecha de prioridad es el 15 de marzo del 2001. SAntonio es elegible para arreglar sus papeles adentro de los Estados Unidos porque la petición tiene una fecha de prioridad antes del 30 de abril del 2001. Si Antonio tiene hijos y un esposa, ellos también estarán protegidos bajo sección 245(i).

Es importante mantener en mente que sección 245(i) solo perdona ciertas barras de inadmisibilidad. Especificamente, perdona el hecho de que alguien entro al país y trabajo sin autorización. Seccion 245(i) no perdona la “presencia ilegal,” la cual se impone si alguien sale de los Estados Unidos. Asi que una persona quien entra a los Estados Unidos, se queda por mas de un año después de cumplir 18 años, y luego sale del país, tendrá un castigo de diez años por acumular “presencia ilegal.” Seccion 245(i) no perdona esto. Pero, la “presencia ilegal” solo lo afecta si sale del país después de acumularla cierto tiempo en los Estados Unidos sin autorización. Si una persona no sale antes de arreglar, no tendrá el castigo de “presencia ilegal” bajo la ley.